A pesar de haber sido otorgado el beneficio del arresto en su domicilio, la dirigente tupaquera tendrá que cumplir a raja tabla una serie de puntos, de lo contrario deberá volver a la celda del penal.
El magistrado luego de conceder la prisión domiciliaria, estableció varias reglas de conducta de cumplimiento obligatorio, con expreso apercibimiento de revocación inmediata de la modalidad de prisión domiciliaria si no llegasen a cumplirse.
1) Ingreso y permanencia de familiares: podrán ingresar y permanecer en el inmueble de propiedad de la procesada, sin límite temporal, sus parientes consanguíneos y afines, hasta el cuarto y segundo grado respectivamente. Para tal fin, el parentesco deberá ser acreditado por los interesados con la presentación de la documentación idónea a tales efectos.
2) Ingreso de visitas: solo podrán ingresar al inmueble hasta cuatro personas a la vez y en el horario de 7 a 19, los días martes, jueves y sábados, con un límite máximo de veinte personas por cada día de visita, no aplicándose ésta restricción a los familiares antes indicados. Las visitas, al ingresar al inmueble, deberán dejar accesorios y aparatos electrónicos, y no se permitirá el ingreso de vehículo motorizado de ninguna clase.
3) Controles de Salud: la imputada deberá someterse a un control médico y psicológico dos veces a la semana, el cual estará a cargo del Departamento Médico del Poder Judicial. En caso de resultar necesario el traslado de la encartada por razones sanitarias el mismo tendrá lugar con autorización judicial y con personal y vehículo de Gendarmería Nacional.
4) Consumo de bebidas alcohólicas y sustancias: no podrá la imputada ni sus familiares y visitas consumir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes.
5) La procesada podrá circular libremente dentro del perímetro de la propiedad, no pudiendo por ninguna razón trasponer los límites de la misma ni cortar el contacto de la tobillera de monitoreo electrónico con el cuerpo.