Antes cuando una pareja decidía convivir “SIN ESTAR CASADOS”, se decía que eran concubinos o que vivían en “CONCUBINATO”
En el año 2015 se sancionó el nuevo código civil y a partir de allí cuando dos personas viven en aparente estado de matrimonio, se dice que estamos en presencia de una “UNIÓN CONVIVENCIAL”
El Dr. RUBÉN GONZÁLEZ MP N°2572 explica en forma sintética, que es la “UNIÓN CONVIVENCIAL” y cuáles son los beneficios que obtienen, quienes decidan vivir de esta manera. Mira el video.
