Rechazaron el pedido para que menores de 16 años no vayan a la cárcel

La Justicia provincial no hizo lugar al cierre de procesos de investigación penal en relación a menores de edad no punibles. Así lo decidió el juez del Tribunal en lo Criminal Nº 2, Dr. Luís Ernesto Kamada, al resolver la acción de “Habeas Corpus Colectivo Preventivo y Correctivo” presentado por la Defensora de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Nación, Marisa Graham.

Tampoco hizo lugar a la solicitud de soltura de niños, niñas y adolescentes no punibles privados de libertad por no hallarse ninguno en esa condición en la provincia de Jujuy, al tiempo de practicarse la inspección a los establecimientos.

En una extensa sentencia, de perfil exhortativo, Kamada respondió los numerosos planteos de los funcionarios nacionales, quienes indicaron que el objeto de su presentación es “en favor de la totalidad de los niños, niñas y adolescentes menores de 16 años de edad privados y privadas de su libertad por disposición de la justicia penal en establecimientos dependientes de la Dirección Provincial de Protección Integral de Niñez, Adolescencia y Familiar que funciona en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Humano de Jujuy, por ser la misma contraria al cuerpo de normas internacional de derechos humanos de las infancias y adolescencias y a la normativa de derechos humanos en general, y también por vulnerar derechos y garantías constitucionales del proceso penal”.

La Defensora Nacional y su Adjunto solicitaron también que se declare la inconstitucionalidad de las privaciones y restricción de libertad de niñas, niños y adolescentes no punibles dispuestas por juzgados de menores; se ordene al inmediata soltura de los mismos con el correspondiente cese de toda intervención de la justicia penal y cierre de las actuaciones al respecto; y se ordene el cabal cumplimiento del decreto provincial 2532/16.