Se aprobó la ley que exime del Impuesto a las Ganancias a todos aquellos trabajadores en blanco cuyos salarios no superen los $150.000 brutos La nueva norma, que modifica el artículo 30 de la ley del Impuesto a las Ganancias, también impacta sobre los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos.
En tanto, los empleados que cobren entre $150.000 y $173.000 pagarán el tributo. Sin embargo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijará las deducciones para que no existan diferencias sustanciales entre los que deben pagar el impuesto y los que no.
Cabe destacar que el Impuesto a las Ganancias es un tributo anual por lo que será retroactivo al primero de enero. De esta manera, se devolverá el dinero que se descontó de los sueldos en el primer trimestre y quedará fuera del calculo del gravamen el aguinaldo de los que están beneficiados con esta medida.
Asimismo, se estableció que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social). En ese sentido, se descartó el reclamo de la oposición para ajustar por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).
Según estimaciones del oficialismo, la nueva norma beneficiará a 1.267.000 personas, del total de dos millones de asalariados registrados que hoy pagan el Impuesto a las Ganancias
Otro de los cambios más sustanciales tiene que ver con el Sueldo Anual Complementario. Con la sanción de la Ley se exime del pago del tributo a los aguinaldos con base en sueldos de hasta $150.000 pesos. Fuente: Infobae
