La ANMAT prohibió una pasta de dientes de Colgate por “efectos adversos”

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) emitió una drástica medida que impacta en el mercado de la higiene bucal en Argentina, al ordenar la prohibición del uso, distribución y comercialización de la crema dental anti-caries con flúor “Colgate Total Clean Mint” y su inmediato retiro del mercado.

La disposición, comunicada oficialmente el 22 de julio de 2025 a través de la Disposición 5126/2025, se fundamenta en un creciente número de reportes de eventos adversos por parte de usuarios en Argentina, sumado a un alarmante precedente internacional proveniente de Brasil.

Según la Anmat, la causa de estos efectos adversos estaría directamente vinculada a un ingrediente saborizante que fue utilizado por primera vez en esta formulación de la pasta dental. Informes in vitro proporcionados por la propia empresa Colgate-Palmolive Argentina S.A. sugieren que este componente podría dañar las membranas celulares de la mucosa oral y provocar irritación.

Los efectos adversos reportados

Los consumidores que utilizaron la crema dental afectada reportaron una variedad de síntomas, principalmente localizados en la cavidad bucal:

  • Irritación e inflamación del tejido bucal.
  • Aparición de ampollas y aftas (úlceras bucales).
  • Sensaciones de ardor, hinchazón y dolor en la boca.
  • Molestias específicas en labios, lengua y encías. Cabe destacar que los eventos adversos informados hasta el momento fueron de carácter reversible y temporarios.

Los reportes en Argentina y Brasil

En Argentina, la empresa Colgate Palmolive Argentina SA recabó 19 casos de efectos adversos no graves hasta el 7 de julio de 2025, y la Cosmetovigilancia de la Anmat recibió dos reportes adicionales hasta el 15 de julio de 2025.

En Brasil, la situación es de una magnitud considerablemente mayor. Anvisa, la agencia sanitaria brasileña, informó 1.471 reacciones adversas entre el 1 de enero y el 24 de abril de 2025, mientras que la propia compañía reportó un total de 11.441 casos desde julio de 2024 hasta el 18 de junio de 2025. Adicionalmente, existen 16.419 notificaciones sospechosas relacionadas con otras variantes de Colgate Total en Brasil.

imagen dentro de la notaColgate Total Clean Mint, el producto prohibido por Anmat

Por qué no alcanza a otras pastas

Es importante diferenciar la causa de esta prohibición de otros componentes presentes en algunas pastas dentales.

La ANMAT aclaró que, si bien algunas pastas dentales en el país contienen fluoruro de estaño como agente anticaries, este ingrediente “se encuentra autorizado y cuenta con un historial de uso seguro en cosméticos de sesenta años”.

Además, organismos regulatorios internacionales como la FDA en Estados Unidos y la Comisión Europea también lo han autorizado para su uso en productos de higiene bucal.

Las pastas dentales con fluoruro de estaño son reconocidas por sus propiedades antimicrobianas y anticaries.

El problema en este caso específico radica en el ingrediente saborizante de la Colgate Total Clean Mint, y no en el fluoruro de estaño.

La ANMAT aprobó el uso de una vacuna japonesa contra el dengue

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) autorizó ayer miércoles el uso de la vacuna contra el dengue desarrollada por el laboratorio japonés Takeda para todas las personas mayores de cuatro años, hayan cursado o no previamente la enfermedad.

El laboratorio japonés de referencia comenzará el proceso productivo de la misma de modo tal de estar en condiciones de enviar el primer lote al país, informó el Ministerio de Salud.

“La vacunación no cumple con la función de bloqueo frente al actual brote de dengue y recomendaron continuar con las medidas de prevención y control del vector”, se indicó oficialmente.

Con el nombre de TAK-003, la vacuna se basa en el virus del dengue 2, al que se añade ADN de los otros tres serotipos, para proteger contra cualquiera de los cuatro tipos de dengue.

Su forma de administración son dos dosis, que deben ser aplicadas en un intervalo de tres meses.

La TAK-003, también conocida como Qdenga, recibió su primera aprobación en agosto de 2022 en Indonesia y, posteriormente, en la Unión Europea, en diciembre de 2022.

Luego, le siguieron el Reino Unido, en enero de 2023, y, recientemente, ha sido también aprobada por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria de Brasil (ANVISA). Su utilización está contemplada para zonas endémicas.

Tras la aprobación por parte de la ANMAT, el laboratorio japonés establecerá los protocolos de inicio del proceso productivo para el envío de un lote de la misma a nuestro país.

Cuando esto suceda, una vez concluido ese ciclo y siempre siguiendo estándares de calidad y trazabilidad, Argentina estará en condiciones de recibir ese envío para su posterior comercialización en territorio nacional, explicó el Ministerio.

Autoridades de la cartera que dirige Carla Vizzotti, en tanto, mantuvieron un encuentro con especialistas y expertos para analizar las diferentes vacunas aprobadas contra el dengue o en vías de aprobación, así como para estudiar las posibles recomendaciones de implementación de una vacuna contra esta enfermedad.

De la reunión, formaron parte representantes del laboratorio Takeda, como del Instituto Butantan de Brasil y del laboratorio Sanofi-Pasteur, quienes presentaron una actualización de los estudios de fase III de sus vacunas contra dengue.

Consideraron que, en base a los datos presentados, ninguna vacuna cumple la función de bloqueo frente a un brote de dengue como el que tiene lugar actualmente en nuestro país, por lo que se deben mantener las tareas de prevención.

Hasta el 15 de abril, se notificaron en el país 56.324 casos de dengue, de los cuales 51.637 adquirieron la infección en la Argentina.

Al momento, la circulación de este virus se ha identificado en 15 jurisdicciones correspondientes a cuatro regiones: Región Centro (Buenos Aires; Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Córdoba; Entre Ríos; Santa Fe); región NEA (Corrientes; Formosa; Chaco); región NOA (Catamarca; Jujuy; La Rioja; Salta; Santiago del Estero; Tucumán) y la provincia de San Luis en la región Cuyo.

Los casos registrados hasta el momento presentan una distribución territorial amplia con un mayor número de casos en las regiones del NOA y Centro, predominado la circulación de DEN-2 y, en menor medida, DEN-1. Esto es una importante diferencia respecto de otros años, en los que predominó el DEN-1.

Prohíben la comercialización de productos para limpieza de autos “Toxic Shine”

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de distintos productos que se utilizan para la limpieza de autos por haber sido elaborados bajo condiciones “desconocidas”. Además, se negó su uso y su distribución a nivel nacional.

La decisión sobre ambos quedó reflejada bajo la Disposición 6020/2022, publicada en el Boletín Oficial, y de esta manera, se limita la circulación de estos elementos, catalogados como nocivos para la salud.

Por su parte, el organismo descentralizado puso en conocimiento haber recibido una denuncia en la que se cuestionó la legitimidad de productos de tipo domisanitarios de la marca “Toxic Shine”, promocionados y publicados a través de redes sociales.

Según se pudo saber, se constató que “los referidos productos no se encontraban inscriptos ante la Anmat y que no se identificaba establecimiento relacionado responsable habilitado”. Esto fue gracias a una revisión llevada a cabo por la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud.

Sobre los artículos que la marca comercializaba, se comprobó que no existe el registro alguno de los abrillantadores, anticorrosivos, aromatizadores, ceras, desengrasantes, limpiadores de cuero, removedores de rayones, selladores, shampoo para autos, entre otros ofrecidos.

Viajó desde Bs. As. a Jujuy para comprar aceite de cannabis medicinal a su hija

El padre de una nena que padece epilepsia refractaria desde los 4 años, tomó diferentes medicaciones ortodoxas y a todas las rechazó, celebró disponer ahora de aceite de cannabis medicinal para su hija, tras haberlo adquirido en una farmacia de Jujuy.

“No puedo creer que tenga el producto en mis manos, aún no lo puedo creer”, dijo el protagonista de esta historia, Gustavo Carrascosa, una vez que pudo comprar en una farmacia jujeña el aceite de cannabis medicinal para su hija.

Carrascosa, durante una nota que concedió a Noticias Argentinas, confirmó que hoy tiene en sus manos el frasco de 10 ml. de las gotas que podrá tomar la nena, tras el reciente viaje relámpago de un día que realizó a San Salvador de Jujuy desde el Aeroparque Metropolitano, con el único fin de adquirir la medicación que “acá no se consigue”, pero sí en la provincia norteña.

Desde diciembre de 2021 se puede conseguir en unas 160 farmacias de Jujuy el aceite de cannabis que se produce en el laboratorio estatal Cannava.

La autorización que la Anmat otorgó a la provincia aún no está vigente en todo el país.

De este modo, Jujuy marcó un hito al avanzar en la fabricación y comercialización del aceite de cannabis CBD10, el primer producto de este tipo fabricado exclusivamente en Argentina.

Mediante la empresa estatal Cannava, el Gobierno de Jujuy logró posicionarse como el primer productor del aceite y comercializarlo en las farmacias locales, algo que se anticipó en el Congreso cuando el Senado dio media sanción a la producción industrial del cannabis medicinal.

La presencia de dicho medicamento ha provocado que muchas familias de distintos puntos del país elijan ir a Jujuy para adquirir el producto recetado para sus hijos.

Carrascosa recordó, además, que antes de emprender su regreso tras hablar con distintos referentes y profesionales de la Salud les dijo: “Me voy con mucha fe, mi hija lo podría rechazar, pero no voy a decir que no puede hacer bien para otras personas” con otras dolencias.

Por otra parte, el padre de la pequeña indicó que por delante le queda librar otra batalla con su prepaga, Accord Salud, ante quien presentó “todos los papeles en regla” sobre la cobertura de la mediación.

Carrascosa indicó que decidió ir a Jujuy porque su hija estaba recibiendo un fármaco de similares características de Canadá, pero que ya no se consigue.

También anticipó que la nena iniciará su tratamiento antes del inicio de las clases y al regreso de las vacaciones, dado que se necesitan “15 días” para ver cómo funciona el producto.

“Mi nena tiene epilepsia refractaria desde los cuatro años, tomó diferentes medicaciones ortodoxas y a todas las rechazó”, recordó Gustavo, quien seguirá dando batalla junto a su esposa Claudia Carnevalle, por la salud de la pequeña.

En referencia al producto canadiense precisó que “cuando un médico le recomendó el aceite, mi hija comenzó a andar en bicicleta, a practicar deportes, a leer y escribir; a ella le cambió la vida y a nosotros también”.

La Anmat prohibió la venta de unos snacks

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de diferentes snacks que no cumplen con las normas alimentarias vigentes, según la Disposición 9383/2019 publicada este lunes el Boletín Oficial.

Entre los productos prohibidos se encuentran chizitos, maníes, palitos y semillas de girazol marca “La Calesita”.

Según lo detectado por la ANMAT, los snacks tampoco se encuentran debidamente registrados.

“Los productos se hallaban en infracción por estar falsamente rotulados, por consignar un número de RNE dado de baja y por consignar registros de productos inexistentes y no vigentes, resultando ser en consecuencia ilegales”, dice la Disposición.

Al tratarse de alimentos “que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como productos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados, ni expendidos en el territorio de la República”.

Tras resolver la prohibición de los productos, se comunicó al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), y a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL).

La Anmat prohibió la compra y venta de una manteca

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este viernes, por diferentes motivos, la comercialización de una premezcla para hacer pan apto para celíacos, una manteca y dos medicamentos. Las medidas fueron oficializadas mediante una serie de disposiciones publicadas en el Boletín oficial.

Como primera medida, el organismo encargado de controlar que los remedios y la comida envasada cumpla con los reglamentos vigentes ordenó sacar del mercado la “Premezcla universal” marca Delicel -libre de gluten-, ya que le generó “una reacción alérgica en un menor de edad alérgico a la proteína de leche de vaca, soja y huevo”

Ante la denuncia del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), la Unidad de Coordinación de Alimentos del Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires (UCAL) realizó una auditoria en el establecimiento donde se elabora este producto, que asegura estar hecho “sin huevo y sin derivados de soja”.

De acuerdo con la Disposición 9626/2019, la entidad de control “realizó la toma de muestra por triplicado del producto en cuestión para su evaluación” y procedió a la inhibición de su comercialización “hasta tanto la Autoridad Sanitaria se expida” al respecto.

Por otra parte, la ANMAT también ordenó sacar de las góndolas dos tipos de manteca fabricadas por la empresa cordobesa Servio S.A., una bajo la marca Loma Blanca y otra con el nombre de Yolcle, ya que “no cumplirían la normativa alimentaria vigente”.

De acuerdo con un estudio realizado por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), ninguno de los dos productos “se corresponden con el perfil de grasa láctea” con el que deberían cumplir para los estándares de exigencia que dicen tener, por lo que “resulta ser un alimento adulterado”.

Por este motivo, se solicitó “realizar el retiro preventivo de los productos del mercado nacional en un plazo de 48 horas”, medida que se oficializó en la Disposición 9627/2019.