Aclaración de ANSES: jubilados y pensionados no deben inscribirse para recibir el bono de $12.000

Se trata del “refuerzo de ingresos” que beneficiará a trabajadores informales y de casas particulares, monotributistas sociales y de las categorías A y B y jubilados y pensionados.
Solo éstos últimos no tendrán que realizar ninguna gestión, ya que cobrarán el bono junto con sus haberes de manera automática

La ANSES informó hoy que la inscripción para cobrar los bonos que otorgará el Gobierno a partir del mes que viene será individual, no requiere intermediarios y se realizará únicamente a través de la página web de ese organismo.

Para el resto, la fecha de inicio de inscripción será informada por la ANSES “en las próximas horas”, según se indicó.

El organismo explicó que para que ese refuerzo “llegue efectivamente” a los beneficiarios, evaluará la situación patrimonial, socioeconómica y de consumo de los solicitantes.

Además, en un comunicado, recordó que hay dos tipos de bonos: uno de $12.000 en un solo pago a cobrarse en mayo en forma automática, para jubilados y pensionados que perciben hasta dos haberes mínimos.

Este beneficio incluye a jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), pensiones no contributivas y Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

Los jubilados y pensionados no deberán realizar ninguna inscripción: percibirán el refuerzo en forma automática junto con su haber en el cronograma de pagos de mayo y sin la necesidad de realizar ningún tipo de trámite, aclaró el organismo.

Además, indicó que el otro bono es de $18.000, a pagarse el 50% en mayo y el otro 50% en junio y podrán solicitarlo trabajadores sin ingresos formales, monotributistas de las categorías A y B, monotributistas sociales y trabajadoras y trabajadores de casas particulares.

En este caso, todos los trabajadores sin ingresos formales que se encuentran en condiciones de solicitar el refuerzo deberán inscribirse únicamente a través de la página web de ANSES.

El cobro del “refuerzo de ingresos” es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo para Protección Social, la Prestación por Desempleo, con Potenciar Trabajo, con estar inscripto en el Registro Nacional de trabajadores de la Economía Popular y con los planes alimentarios provinciales y municipales, de acuerdo con la información oficial.

Volverá a ser obligatorio el trámite de “fe de vida” para cobrar jubilaciones

El organismo comunicó que aquellos beneficiarios de jubilaciones y pensiones deberán contar con la certificación de supervivencia para la acreditación de haberes. Cada banco determinará las formas para tramitarla, la cual deberá ser renovada mensualmente de manera presencial o a distancia.

Después de dos años la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSESconfirmó que volverá a pedir el trámite de “fe de vida” de forma obligatoria.

De este modo aquellos titulares de jubilaciones y pensiones deberán gestionar el trámite de fe de vida para el cobro de haberes, de acuerdo a la confirmación del organismo.

Con el inicio de la pandemia y la emergencia sanitaria en 2020 se había suspendido y luego se implementaron algunas prórrogas. Con el avance de la vacunación en todo el país, a partir del 1° de marzo volverá a ser obligatorio el trámite de fe de vida para el cobro de jubilaciones y pensiones.

¿Cómo será la implementación del trámite de fe de vida obligatorio?

  • Según indica ANSES en su página web, el banco donde se cobra la jubilación o pensión determina las distintas posibilidades para hacer el trámite.
  • A raíz del anuncio, los bancos ya comenzaron a informar cómo serán las modalidades para realizarlo.
  • La fe de vida se trata de un trámite que debe ser renovado mensualmente.
  • Para ellos no es necesario pedir un turno en el banco, dado que existen alternativas para gestionarlo de forma presencial o virtual / a distancia.
  • También deberán efectuarlo aquellos beneficiarios que tengan residencia fija o provisoria en el exterior desde el consulado nacional en el país en que se encuentren.

Paso a paso cómo se hace el trámite

  • El trámite de supervivencia es gratuito y puede ser llevado a cabo por las personas titulares o por un apoderado.
  • Se debe presentar DNI, LC, LE o Pasaporte. En caso de no tener ninguna documentación, se puede acreditar la identidad y el domicilio por medio de un documento emitido por la autoridad local.
  • Presentar fotocopia del recibo de haber o del carnet de jubilación/pensión de la Caja, donde aparezca el número de beneficiario.
  • También se puede acreditar la supervivencia mediante compras con tarjeta de crédito en cualquier comercio
  • En el caso de beneficiaros que cobran sus haberes en el Banco Nación, desde la entidad informaron que se puede acreditar la supervivencia a través de compras con tarjetas de débito en farmacias o supermercados, o con tarjetas de crédito en cualquier comercio. Para esto es necesario contar con un paquete de servicios previsional.
  • En caso de realizarlo de manera virtual, se habilitó la aplicación BNA+ para tramitar la fe de vida.

¿Qué pasa si el beneficiario no realiza el trámite de fe de vida?

  • Desde ANSES explicaron que aquellas personas que no hagan el trámite tendrán la suspensión del cobro de haberes.
  • Para reactivarlo solamente se necesita que el titular o apoderado gestionen la fe de vida, sin necesidad de hacer un trámite adicional. Esto puede generar una demora en el cobro.
  • Una vez reactivado la demora en la acreditación de haberes puede demorar hasta 60 días.

¿Cuáles son los modos más utilizados para gestionar la fe de vida?

  • Cobro de haberes por ventanilla en el banco
  • Realizar una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria donde se acreditan los haberes
  • Poner la huella digital en los diferentes tótems ANSES ubicados en los bancos
  • Acercándote a una Terminal de Autoconsulta biométrica ubicada en las Oficinas de ANSES de todo el país