Anses pagará un bono de $45.000 a mujeres y miembros de la comunidad LGBTIQ+

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) anunció este jueves que se pagará un bono de $45.540 a quienes reciben el beneficio del Programa Acompañar, que está destinado a mujeres y personas LGBTTIQ víctimas de violencia de género.

El bono en cuestión equivale a un salario mínimo vital y móvil de julio para completar el ingreso de un grupo de personas de entre 18 y 65 años que son particularmente vulnerables frente a la crisis económica.

El Programa Acompañar existe hace casi dos años -durante la pandemia de coronavirus se registró un pico de denuncias por violencia de género de personas que habían quedado encerradas en sus casas con sus agresores.

Consta de un «apoyo económico mensual y acompañamiento psicosocial» que dura seis meses, según se establece en su sitio web.

Pero en vista de las últimas novedades económicas las autoridades consideraron que era necesario un refuerzo por única vez.

Quienes necesiten acceder al Programa Acompañar deben ser mujeres o miembros de la comunidad LGBTTIQ, de entre 18 y 65 años, y presentar su DNI.

Para acceder a más información se puede llamar a la Línea 144 o escribir por WhatsApp al 1127716463, o enviar un mail a linea144@mingeneros.gob.ar.

El Programa Acompañar es compatible con:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación Universal por Embarazo para Protección Social
  • Asignación por hijo con discapacidad
  • Monotributo Social
  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares

¿Cómo saber si cobro los 18 mil pesos de la tarjeta alimentar?

Anses sigue abonando el calendario de pagos correspondiente a julio 2022 según la terminación del DNI. Uno de los planes que también se está abonando es el de la Tarjeta Alimentar.

Cabe recordar que la Tarjeta Alimentar busca garantizar el acceso a la canasta básica alimentaria con la entrega de montos de $9.000, $13.500 y $18.000

Tarjeta Alimentar: ¿Cómo saber si cobro los 18 mil pesos?

Padrón Tarjeta Alimentar, ¿Quiénes cobran?

Cobran la Tarjeta Alimentar los siguientes grupos:

– Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) con hijos de 14 años inclusive.

– Titulares de AUH con hijos con discapacidad, sin límite de edad.

– Asignación por Embarazo.

– Madres de 7 hijos o más que cobren PNC.

Cómo pedir la Tarjeta Alimentar

La asistencia del Ministerio de Desarrollo Social no cuenta con una inscripción, sino que se otorga de manera automática a quienes cumplan con los requisitos de acceso.

Montos de Tarjeta Alimentar 2022

Los montos de la Tarjeta Alimentar varían según prestación y cantidad de hijos:

*Cobran $9.000:

Asignación por Embarazo

AUH con un hijo.

* Cobran $13.500

AUH con dos hijos.

* Cobran $18.000

AUH con tres hijos o más.

Madres de 7 hijos o más con PNC.

Fuente: Todo Jujuy

A los beneficiarios del Potenciar Trabajo ¿les corresponde el aguinaldo?

¿Titulares de Potenciar Trabajo cobran Aguinaldo en junio 2022?

Al igual que cualquier empleado, quienes reciben esta ayuda económica cobrarán el Sueldo Anual Complementario (SAC), tanto en este mes de junio como en diciembre.

Este monto extra se puede abonar a fines de junio (no lo cobran junto al salario) o los primeros días de julio. En base a eso se calcula cuánto van a percibir los titulares, ya que los montos serán distintos según cuándo se realice el pago.

Aguinaldo para Potenciar Trabajo: cuánto se cobra

Es el segundo aumento en el año -que se rige por el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM)- y es del 10% aproximadamente, ya que a principio de año el Gobierno afirmó que la suba será del 45% anual.

Así, el salario complementario de Potenciar se eleva a $22.771 pero se cobra en julio. Esto es porque corresponde a todo lo trabajado en julio, que se deposita al mes siguiente.

Qué es el programa Potenciar Trabajo

El mismo unifica a los programas Hacemos Futuro y Salario Social Complementario en una única iniciativa.

Su objetivo es contribuir a mejorar el empleo y generar nuevas propuestas productivas a través del desarrollo de proyectos socio-productivos, socio-comunitarios, socio-laborales y la terminalidad educativa, con el fin de promover la inclusión social plena para personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y económica.

Quienes acceden a Potenciar Trabajo

  • Mayores de 18 años y menores de 64.
  • Beneficiarios de Asignación Universal por Hijo (AUH) y/o Tarjeta Alimentaria
  • Monotributistas sociales o de categoría A
  • Trabajadores en relación de dependencia bajo el régimen de Personal de Casas Particulares (empleada doméstica)
  • Propietarios de UN solo inmueble (casa, departamento o terreno)

Aclaración de ANSES: jubilados y pensionados no deben inscribirse para recibir el bono de $12.000

Se trata del “refuerzo de ingresos” que beneficiará a trabajadores informales y de casas particulares, monotributistas sociales y de las categorías A y B y jubilados y pensionados.
Solo éstos últimos no tendrán que realizar ninguna gestión, ya que cobrarán el bono junto con sus haberes de manera automática

La ANSES informó hoy que la inscripción para cobrar los bonos que otorgará el Gobierno a partir del mes que viene será individual, no requiere intermediarios y se realizará únicamente a través de la página web de ese organismo.

Para el resto, la fecha de inicio de inscripción será informada por la ANSES “en las próximas horas”, según se indicó.

El organismo explicó que para que ese refuerzo “llegue efectivamente” a los beneficiarios, evaluará la situación patrimonial, socioeconómica y de consumo de los solicitantes.

Además, en un comunicado, recordó que hay dos tipos de bonos: uno de $12.000 en un solo pago a cobrarse en mayo en forma automática, para jubilados y pensionados que perciben hasta dos haberes mínimos.

Este beneficio incluye a jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), pensiones no contributivas y Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

Los jubilados y pensionados no deberán realizar ninguna inscripción: percibirán el refuerzo en forma automática junto con su haber en el cronograma de pagos de mayo y sin la necesidad de realizar ningún tipo de trámite, aclaró el organismo.

Además, indicó que el otro bono es de $18.000, a pagarse el 50% en mayo y el otro 50% en junio y podrán solicitarlo trabajadores sin ingresos formales, monotributistas de las categorías A y B, monotributistas sociales y trabajadoras y trabajadores de casas particulares.

En este caso, todos los trabajadores sin ingresos formales que se encuentran en condiciones de solicitar el refuerzo deberán inscribirse únicamente a través de la página web de ANSES.

El cobro del “refuerzo de ingresos” es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo para Protección Social, la Prestación por Desempleo, con Potenciar Trabajo, con estar inscripto en el Registro Nacional de trabajadores de la Economía Popular y con los planes alimentarios provinciales y municipales, de acuerdo con la información oficial.

Formulario Madre: cómo cambiar la titularidad y cobrar los $6.000 de Anses

El formulario PS 2.73 o también llamado Formulario Madre es un documento que ofrece ANSES para que los beneficiarios que reciban asignaciones familiares y se encuentren separados puedan realizar el cambio de titularidad y, de esta manera, cobrar los $6374 por hijo.

Esta herramienta permite el cambio de vínculo cuando la niña, el niño o adolescente no está bajo cuidado de uno o ninguno de sus progenitores/a; y quien está ejerciendo efectivamente el rol del cuidado (ya sea uno solo de los/as progenitores/as, un familiar o un referente afectivo) podrá registrar esta nueva realidad a fin de acceder a las asignaciones en caso de corresponder.

Para qué sirve el Formulario Madre

El trámite se hace para informar quién se encuentra a cargo del cuidado del niño, la niña o adolescente, y poder cambiar la titularidad para el acceso de las asignaciones familiares o AUH (tener registrado el vínculo real permite liquidar a quien efectivamente lo tiene a su cargo).

A quién está dirigido

La solicitud del cambio de titularidad del acceso de las prestaciones monetarias o asignaciones es de carácter mensual para niñas, niños y adolescentes de hasta 18 años, o personas con discapacidad sin límite de edad puede ser solicitada por las personas adultas a su cargo.

Cuándo hacer el trámite en ANSES

En aquellas situaciones donde quien está ejerciendo las tareas de cuidado es una persona diferente a la que percibe efectivamente las asignaciones. Por ejemplo:

-En caso de separaciones de hecho, separaciones legales y divorcios vinculares.

-Cuando uno de los progenitores/as manifieste desconocer el paradero del otro/a.

-Cuando la niña, el niño o adolescente está al cuidado y conviviendo con un pariente o referente afectivo.

Qué se necesita

-Original y copia del DNI de la persona adulta solicitante.

-Original y copia de DNI y partida de nacimiento de la niña, niño o adolescente.

-Documentación que te solicitarán los técnicos/as de SENAF, MDS u Órganos de niñez que confeccionan adenda según cada situación particular para acreditar que la persona solicitante se encuentra a cargo y conviviendo con dicho niño/a o adolescente.

Cómo completar el “Formulario Madre”

-Contar con las partidas de nacimiento de los menores y los DNI del grupo familiar (originales y fotocopias).

-Colocar los datos personales propios, los datos y CUIL de tus hijos y del otro progenitor en el formulario.

-Al ser atendido en la oficina de ANSES por algún representante, se deberá completar con las firmas correspondientes.

En caso de hacer el trámite de forma virtual, se deberá entrar a Atención Virtual con usuario y contraseña para completarlo. Se indica hacer click y subir el formulario en “Adjuntar imagen”. Tienen que ser las 3 páginas completas, con los datos de los menores y de la madre o padre que convive con los menores.

Potenciar Trabajo: requisitos y como obtener el cobro de $16.500

Mientras la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) sigue adelante con el cronograma de pagos de marzo 2022, se confirmó que se pagará el Plan Potenciar Trabajo con aumentos.

En la actualidad esta suma asciende a $16.500, de tal forma que con el incremento previsto del 40%, Potenciar Trabajo se elevaría a $23.100, aunque aún resta por definir los tramos en los que se aplicará el aumento

Estas son las prestaciones compatibles:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH).
  • Asignación Universal por Embarazo (AUE).
  • Prestaciones económicas o materiales destinadas a lo habitacional y/o protección familiar que sean entregadas por el Estado Nacional, Provincial o Municipal o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Un ejemplo de ellas son el Plan Mi Pieza y el Programa Acompañar.
  • Prestaciones de Carácter Alimentario, como la Tarjeta Alimentar.
  • Trabajadores independientes, anotados en el Monotributo Social.
  • Trabajadores en relación de dependencia que estén inscriptos en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Cómo inscribirse a Potenciar Trabajo

Si bien el Gobierno anunció que no habrá más incorporaciones, el Potenciar Trabajo se manejará con un sistema de altas y bajas.

Es decir, un registro de trabajadores en el que se puede registrar y así acceder no solo a este sino a otros programas relacionados con el empleo.

Para estar dentro del sistema y ser beneficiario del Potenciar Trabajo, primero es necesario anotarse en el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular, lo cual puede hacerse en el siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/inscribirse-al-registro-nacional-de-trabajadores-y-trabajadoras-de-la-economia-popular

Beneficiarios de AUH y AUE recibirán un pago extra para leche y alimentos

La prestación se hará efectiva a través de la Anses, que implementará una transferencia monetaria equivalente a la suma de ochocientos pesos, cifra que tendrá una fórmula de actualización

El Gobierno nacional oficializó con su publicación en el Boletín Oficial, la incorporación en el Programa de Entrega de Leche Fortificada y Alimentos a quienes reciben asignaciones por embarazo y a beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

El programa consiste en la provisión de leche y otros alimentos para el crecimiento y desarrollo saludable de las mujeres y otras personas gestantes durante el embarazo, y para los niños y las niñas durante los tres primeros años de vida, previstos en la ley 27.611 y su decreto reglamentario.

Según se desprende de la resolución, la prestación se hará efectiva a través de la Anses, que implementará una transferencia monetaria equivalente a la suma de ochocientos pesos, cifra que tendrá una fórmula de actualización.

Pago por desempleo: como tramitar el beneficio que otorga hasta $15.000

Desde ANSES confirmaron que entregarán un bono especial como ayuda para aquellas personas en situación de desempleo. Se trata del programa de Fondo de Desempleo ANSES, que apunta a brindar contención a aquellos trabajadores en relación de dependencia y que quedaron desempleados.

Podrán acceder a un apoyo económico mensual de hasta $15.000 cumpliendo una serie de requisitos, en la inscripción a través de ANSES.

¿Qué es el Fondo de Desempleo de ANSES?

  • Se trata de una ayuda económica mensual dirigida a aquellos trabajadores en relación de dependencia registrados en el sistema de seguridad social, que hayan sido despedidos de su puesto de trabajo sin causa justa.
  • Pueden acceder al Fondo de Desempleo gracias a la Ley de Contrato de Trabajo N°24.013, como derecho básico.
  • Como condición para el cobro de este beneficio, el trabajador o trabajadora no debe percibir otras prestaciones o ingresos al momento de gestionar el bono de desempleo.

Quiénes pueden acceder al cobro del bono para desempleados ANSES

Para tramitar el beneficio por desempleo se debe presentar la siguiente documentación (original y copia), según el caso:

  • Presentarse en ANSES con DNI (original y copia)
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.

Requisitos e inscripción para el trámite

  • Encontrarte en situación legal de desempleo por causas no imputables como trabajador/a.
  • Si sos trabajador/a permanente: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Para trabajador/a eventual y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
  • DNI (original y copia).
  • A su vez, tenés que presentar tu solicitud en ANSES dentro de los 90 días de haberse producido la extinción de la relación laboral (despido). Los días que exceden de este plazo son descontados del total del período de prestación que le corresponda al trabajador o trabajadora.

Montos del bono para desempleados ANSES

Según ANSES, desde febrero tras el aumento del 12,28% aplicado por Ley de Movilidad Jubilatoria, la Prestación por Desempleo tiene estos montos:

  • Monto mínimo: $9.167 por mes
  • Monto máximo: $15.278 por mes

Duración de la cobertura

  • La duración del Fondo de Desempleo ANSES varía según el tiempo efectivamente trabajado y contribuido al Sistema de Seguridad Social (Fondo Nacional de Empleo) en los últimos 2 o 3 años al cese o despido:
  • Para trabajadores/as permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Para trabajadores/as eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

Volverá a ser obligatorio el trámite de “fe de vida” para cobrar jubilaciones

El organismo comunicó que aquellos beneficiarios de jubilaciones y pensiones deberán contar con la certificación de supervivencia para la acreditación de haberes. Cada banco determinará las formas para tramitarla, la cual deberá ser renovada mensualmente de manera presencial o a distancia.

Después de dos años la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSESconfirmó que volverá a pedir el trámite de “fe de vida” de forma obligatoria.

De este modo aquellos titulares de jubilaciones y pensiones deberán gestionar el trámite de fe de vida para el cobro de haberes, de acuerdo a la confirmación del organismo.

Con el inicio de la pandemia y la emergencia sanitaria en 2020 se había suspendido y luego se implementaron algunas prórrogas. Con el avance de la vacunación en todo el país, a partir del 1° de marzo volverá a ser obligatorio el trámite de fe de vida para el cobro de jubilaciones y pensiones.

¿Cómo será la implementación del trámite de fe de vida obligatorio?

  • Según indica ANSES en su página web, el banco donde se cobra la jubilación o pensión determina las distintas posibilidades para hacer el trámite.
  • A raíz del anuncio, los bancos ya comenzaron a informar cómo serán las modalidades para realizarlo.
  • La fe de vida se trata de un trámite que debe ser renovado mensualmente.
  • Para ellos no es necesario pedir un turno en el banco, dado que existen alternativas para gestionarlo de forma presencial o virtual / a distancia.
  • También deberán efectuarlo aquellos beneficiarios que tengan residencia fija o provisoria en el exterior desde el consulado nacional en el país en que se encuentren.

Paso a paso cómo se hace el trámite

  • El trámite de supervivencia es gratuito y puede ser llevado a cabo por las personas titulares o por un apoderado.
  • Se debe presentar DNI, LC, LE o Pasaporte. En caso de no tener ninguna documentación, se puede acreditar la identidad y el domicilio por medio de un documento emitido por la autoridad local.
  • Presentar fotocopia del recibo de haber o del carnet de jubilación/pensión de la Caja, donde aparezca el número de beneficiario.
  • También se puede acreditar la supervivencia mediante compras con tarjeta de crédito en cualquier comercio
  • En el caso de beneficiaros que cobran sus haberes en el Banco Nación, desde la entidad informaron que se puede acreditar la supervivencia a través de compras con tarjetas de débito en farmacias o supermercados, o con tarjetas de crédito en cualquier comercio. Para esto es necesario contar con un paquete de servicios previsional.
  • En caso de realizarlo de manera virtual, se habilitó la aplicación BNA+ para tramitar la fe de vida.

¿Qué pasa si el beneficiario no realiza el trámite de fe de vida?

  • Desde ANSES explicaron que aquellas personas que no hagan el trámite tendrán la suspensión del cobro de haberes.
  • Para reactivarlo solamente se necesita que el titular o apoderado gestionen la fe de vida, sin necesidad de hacer un trámite adicional. Esto puede generar una demora en el cobro.
  • Una vez reactivado la demora en la acreditación de haberes puede demorar hasta 60 días.

¿Cuáles son los modos más utilizados para gestionar la fe de vida?

  • Cobro de haberes por ventanilla en el banco
  • Realizar una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria donde se acreditan los haberes
  • Poner la huella digital en los diferentes tótems ANSES ubicados en los bancos
  • Acercándote a una Terminal de Autoconsulta biométrica ubicada en las Oficinas de ANSES de todo el país

Oficial: las jubilaciones subirán un 12,11% en diciembre

El gobierno de Alberto Fernández oficializó este martes la suba del 12,11% en las jubilaciones, pensiones y otras prestaciones sociales a partir del 1° de diciembre próximo. De este modo la suba acumulada en el año llegará al 52,7% lo que se prevé quedará por encima de la inflación acumulada durante el mismo período.

Por medio de la Resolución 243/2021 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) publicada hoy en el Boletín Oficial, la mejora en lo haberes entró en vigencia e impacta en el bolsillo de 16,1 millones de personas entre jubilaciones, pensiones y otras prestaciones sociales.

El nuevo incremento alcanzará a más de 7,1 millones de jubilados y pensionados y a casi 9 millones de niños y adolescentes (4,4 millones mediante la Asignación Universal por Hijo, y 4,3 millones por las Asignaciones Familiares).

Con el nuevo reajuste trimestral, el haber mínimo será hasta febrero de 29.062 pesos y el haber máximo de 195.557 pesos. A su vez, las Asignaciones Universal por Hijo, familiares y por Embarazo aumentarán a 5.677 pesos.



Por otra parte, el salario familiar por hijo (y también la asignación para quienes están en el monotributo) será, dependiendo del ingreso total familiar, de 5677 pesos, 3828, 2314 y 1192 pesos. La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), equivalente al 80 por ciento del haber mínimo, pasará a ser de 23.249 pesos y la pensión por invalidez de 20.343 pesos.

El monto de la readecuación en los haberes ya había sido anunciado por el gobierno nacional luego de una reunión que encabezó el presidente Fernández en Casa Rosada junto a los ministros de Economía, Martín Guzmán, y de Trabajo, Claudio Moroni, y la titular de la Anses, Fernanda Raverta. En ese momento el Gobierno destacó que “con este aumento las prestaciones de la Seguridad Social logran un incremento anual por encima de la inflación”, pero eso recién en enero se sabrá cuánto aumentaron los precios durante 2021. Por ahora, la inflación acumulada en los últimos 12 meses suma 52,1 por ciento.

La evolución de los haberes se da a partir de la ley de movilidad previsional sancionada en 2020, que cambió la fórmula para calcular los incrementos. A partir de la norma, los ajustes no son en función de la inflación sino en base de la evolución de los salarios y de la recaudación de los impuestos con los cuales se financia la Seguridad Social. En el caso de los salarios, el indicador que se toma es el más alto al comparar la Remuneración Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que mide el Ministerio de Trabajo, y el Índice de Salarios que releva el Indec.

Fuente: Minuto Uno