Afip extiende el plazo para recategorizarse en el monotributo: ¿hasta cuándo hay tiempo?

Los períodos de recategorización se realizan dos veces al año, en enero y julio. 

La AFIP habría accedido al pedido de prorrogar la recategorización del monotributo, según informó el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.
El vencimiento para recategorizarse era hasta el 22 de enero.
Ahora, el nuevo plazo sería el 5 de febrero.
“A partir de nuestras gestiones, la AFIP definió que se extienda el plazo para realizar el trámite hasta el 5/2 (originalmente, el vencimiento operaba el 22/1). En los próximos días se notificará en el Boletín Oficial”, escribió el CPCE en su cuenta de la red social X.
Los períodos de recategorización se realizan dos veces al año, en enero y julio, y contemplan lo hecho durante los últimos 12 meses.

¿Cuáles son las nuevas categorías del monotributo de AFIP? .
Los parámetros de cada categoría fueron actualizados a partir del 1° de enero y quedaron establecidos en los siguientes valores:
En el caso de los ingresos máximos permitidos, de acuerdo con la tabla publicada por el organismo, los valores son los siguientes. Categoría A: $2.108.288; B: $3.133.941; C: $4.387.518; D: $5.449.094; E: $6.416.528; F: $8.020.660; G: $9.624.793; H (escalón más alto para la prestación de servicios): $11.916.410.
En las tres categorías en las que solo se admite a quienes se dedican a la venta de cosas muebles, los topes de ingresos son de $13.337.213 (I); $15.285.088 (J), y $16.957.968 (K).

¿AFIP: cómo se realiza la recategorización del monotributo? 
En el portal de AFIP completar CUIT y clave fiscal e ingresar al micrositio “Monotributo”.
Una vez allí, seleccionar la opción “Recategorizarme”.
Automáticamente, el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
Luego se debe seleccionar la opción “Continuar recategorización”.
En el siguiente paso, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses, datos sobre superficie afectada, alquileres devengados, precio unitario, etc.
Con estos datos, el sistema determinará la nueva categoría en la que queda encuadrado el contribuyente.
Luego, se debe seleccionar la opción “Confirmar categoría” y por último, imprimir la nueva credencial.

Monotributo: con nuevas escalas, comienza la recategorización ante la AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que desde este sábado 1 al 20 de julio estará habilitado el sistema para la recategorización en el Monotributo, en caso de que les corresponda, teniendo en cuenta las nuevas escalas que comenzarán a regir.

Para verificar si están alcanzados, los contribuyentes deben ingresar a monotributo.afip.gob.ar con su CUIT y clave fiscal.

Si los ingresos superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización, en tanto los monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Por otro lado, si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que desde este sábado 1 al 20 de julio estará habilitado el sistema para la recategorización en el Monotributo, en caso de que les corresponda, teniendo en cuenta las nuevas escalas que comenzarán a regir.

Para verificar si están alcanzados, los contribuyentes deben ingresar a monotributo.afip.gob.ar con su CUIT y clave fiscal.

Si los ingresos superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización, en tanto los monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Por otro lado, si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

La AFIP precisó que los nuevos topes de facturación por categoría a tener en cuenta son de $1.414.762,58 anuales para la categoría A; $2.103.025,45 para la B; $2.944.235,60 para la C; $3.656.3204,33 para la D y $4.305.799,15 para la E.

Para las categorías superiores, los topes de facturación anual pasarán a ser de $5.382.248,94 para la F; $6.458.698.71 para la G; $7.996.484,12 para la H; $8.949.911,06 para la I; $10.257.028,68 para la J y $11.379.612,01 para la K.

En un comunicado, la AFIP recordó que “la Ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B”.

Ese beneficio rige “siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo, es decir siempre y cuando no tengan un trabajo en relación de dependencia ni cobren una jubilación, estén inscriptos en el Régimen General, como IVA exentos, ejerciendo el rol de directores o administradores de sociedades y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres”, aclaró

Paso a paso

Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, hay que considerar una serie de parámetros en relación con los últimos 12 meses, entre los que figuran los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad.

Luego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.

En caso de corresponder la recategorización, se debe ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal, seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.

Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses y, con esos datos, el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “confirmar categoría”.

Una vez completado el procedimiento, se debe imprimir la nueva credencial. El pago del componente impositivo debe realizarse de forma habitual, el 20 de cada mes, según se informó.

Dictaron charla para feriantes y pequeños comerciantes

La Dirección Provincial de Rentas dictó junto a la AFIP, una charla informativa sobre aspectos formales para la regularización fiscal, dirigida a emprendedores, pequeños comerciantes y feriantes. La misma se llevó a cabo en la Mutual de Suboficiales del Servicio Penitenciario de Jujuy, ubicada en Barrio Luján, y contó con una importante asistencia de público.

Esta iniciativa fue producto del accionar del Departamento Fiscalización de Rentas, en ocasión de un operativo rastrillo llevado a cabo en zona comercial del Barrio Gorriti.

En oportunidad de dicha visita, se distribuyeron folletos y se compartió información de interés, generando en integrantes de las cooperativas de feriantes intención de regularizarse, para lo cual solicitaron más información sobre el tema.

Gracias al servicio de internet disponible en el espacio, la exposición se reforzó con el acceso a los sitios web de los organismos, y de manera clara y simple se explicó cómo gestionar clave fiscal, inscribirse en monotributo categorías A, B y C, Ingresos Brutos Régimen General y Simplificado, entre otros temas. El público presente con marcado interés, realizó consultas y formuló preguntas sobre distintos supuestos o situaciones fiscales. Asimismo, se abordó y explicó sobre los beneficios que implica estar formalizado y las distintas alternativas para mantener una situación regular ante el fisco.

Esta información resultó muy provechosa para los participantes y con la seguridad de obtenerla directamente de los organismos competentes. De esta manera la Dirección Provincial de Rentas, sigue desarrollando acciones que buscan promover el cumplimiento fiscal voluntario, ayudando a interpretar que la recaudación tributaria permite obtener los recursos necesarios para el sostener los servicios y bienes públicos, mejorando la calidad de vida de los jujeños.