El voto asistido es un derecho consagrado a través de la Ley 26.774. (Art. 94). En el mencionado artículo, la ley en cuestión, aclara que toda persona que padezca algún tipo de discapacidad que lo condicione en el ejercicio de su derecho a votar tiene derecho a ser asistido/acompañado por otra, para poder votar.
La idea es perfeccionar el nivel de accesibilidad electoral a fin de eliminar cualquier tipo de barrera que impida a las personas que se encuentran en esta situación poder ejercer su derecho.

En este sentido la ley exige a todos los responsables de cada Institucion Escolar y a los Presidentes de Mesa a buscar un lugar absolutamente acondicionado para facilitar el acto electoral a todas aquellas personas que observen algún tipo de disminución física (Visual) o de motricidad.

En el caso de que una persona tenga discapacidad visual, podrá asistir acompañado al cuarto oscuro o también tendrá la posibilidad de solicitarle a alguna autoridad de mesa que lo ayude a votar. Si esto ocurre se debe dejar asentado que esto ocurrió.

Algo importante del Voto Asistido es que la persona que asistió una vez, no podrá volver a ayudar a otro ciudadano; para no entorpecer las elecciones, dicho asistente deberá brindar todos sus datos dejando asentado el voto asistido.
- La Escuela debe adaptar un espacio de fácil acceso y preferentemete lo más cerca posible a la puerta principal.
- Si la persona no sabe firmar, puede ser ayudado por el Presidente de Mesa, pero se debe dejar constancia de esto en la parte de observaciones.
- Si la persona disminuida se acerca acompañado con un perro asistente, nadie debe impedirlo, al contrario se le debe brindar toda la colaboración que solicite.
