Razas peligrosas: los jujeños deben inscribir a sus mascotas

La Legislatura de Jujuy aprobó la Ley Nº 6317 que establece un régimen de tenencia responsable y protección integral de los animales de compañía, tanto domésticos como salvajes. En ese sentido, también regirá un Registro Provincial de razas peligrosas y habrá ciertas exigencias para tener estos perros en el hogar.

Sobre este tema, Todo Jujuy dialogó con Victoria Luna Murillo, autora del proyecto quien dio más detalles sobre cómo y dónde tiene la gente que registrar a su mascota en caso de que se encuentre dentro de las razas consideradas “especiales o peligrosas”.

“Será el Ministerio de Seguridad el responsable de informar a la comunidad dónde se debe acercar la gente para inscribir a este tipo de razas consideradas como peligrosas. También aplica para aquellas personas que deseen tener una raza de este tipo”, explicó la diputada provincial.



Luna Murillo dijo que con la aprobación de esta ley buscan generar conciencia en la población y respetar a todos los animales. “Ellos también tienen derechos por eso hablamos de una campaña de concientización para proteger los ataques a las personas de aquellos animales que sean de raza especial”, aclaró la entrevistada.

Finalmente Victoria Luna Murillo dijo que lo importante es que las personas que posean razas de manejo especial, las tengan en buenas condiciones como así también a cualquier tipo de animal.

Cabe recordar que la provincia de Jujuy es pionera en considerar a los animales como seres sintientes.



El registro provincial de razas “peligrosas” de perros

En el registro provincial de raza de perro de manejo especial se encuentran las razas que necesitan cuidados especiales:

-Akita lnu

-American Staffordshire

-Bullmastif

-Bull Terrier

-Doberman

-Dogo Argentino

-Dogo de Burdeos

-Fila Brasileño

-Gran Perro Japonés

-Mastín Napolitano

-Pit Bull Terrier

-Presa Canario

-Rottweiler

-Staffordshire Bull Terrier

-Cimarrón Uruguayo

Con este registro la idea es prevenir el ataque de estos perros hacia las personas. Toda persona que quiera adoptar este tipo de raza tiene que cumplir con algunos requisitos; entre ellos se encuentran, inscribirse en el Registro Provincial, pasar por un adiestramiento para tener un perro de esta raza y ponerle collar y bozal cuando lo saque a la vía pública.

Por Todo Jujuy




Morales vetó artículos sobre eutanasia de la ley de protección de animales

El titular del Poder Ejecutivo provincial, Gerardo Morales, procedió a vetar parcialmente la Ley 6.293 “Régimen de Cuidado Responsable y Protección a los Animales de Compañía”, eliminando el capítulo y los artículos que se refieren a la  eutanasia. Además, remitió un nuevo proyecto a la Legislatura con observaciones que enriquecen el marco legal de referencia, según lo establece el Artículo 121, Inciso 2, Apartado 2, de la Constitución Provincial.

En atención a las objeciones formuladas a la Ley Nº 6.293 por parte de instituciones que luchan y defienden los derechos del animal, el mandatario rectificó el enfoque de la legislación, reafirmando de esta manera su postura a favor de salvaguardar el respeto a la vida, la libertad y dignidad animal.

Morales resolvió vetar los Artículos 36º y 37º del Capítulo VIII “Sobre las Intervenciones Quirúrgicas con Fines No Curativos y Eutanasia”; el Inciso b del Artículo 39º del Capítulo IX “Sobre los Perros Asilvestrados”; y el título del Capítulo VIII “Sobre las Intervenciones Quirúrgicas con Fines No Curativos y Eutanasia”, de la Ley Nº 6.293 sancionada por la Legislatura de la Provincia en su séptima sesión ordinaria celebrada el 13 de julio último. El propósito de tal medida, es precisar y definir la posición de Jujuy provincia “no eutanásica”, como actitud social y jurídica sobre el valor de la vida, en sintonía y resguardando el Artículo 1º de la Declaración Universal de los Derechos del Animal de la Organización de Naciones Unidas, que torna incólume el derecho a la existencia de los animales.

Ante el conflicto de derechos que conlleva la eutanasia, el gobernador estimó que la opción que se ejerce es a favor del amor, la ayuda, el respeto, la misericordia y la magnanimidad como auténtica convivencia con sólido respaldo moral, ético y jurídico. Consideró, asimismo, que la particularidad de los animales, seres sintientes, que carecen de la posibilidad de expresar su voluntad o elegir la finalización de su vida por su expectativa o calidad, impone sostener y enfatizar la “no eutanasia”.