La Justicia confirmó la condena a Guillermo Moreno por manipulación de datos del INDEC

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó este lunes la condena contra Guillermo Moreno, exsecretario de Comercio Interior, por haber manipulado datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) durante su gestión en los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner.

La sentencia impone tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

El fallo fue dictado por la Sala II de la Cámara, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci, quienes rechazaron por mayoría un recurso presentado por la defensa de Moreno. La condena había sido impuesta en 2024 por el Tribunal Oral Federal N° 2, que lo encontró culpable de los delitos de abuso de autoridad y destrucción e inutilización de registros públicos.

Según la sentencia, entre marzo de 2006 y enero de 2007, Moreno presionó a funcionarios del INDEC para que le suministraran datos protegidos por el secreto estadístico y ordenó cambios en la metodología de elaboración del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Estas acciones condujeron al descrédito de las estadísticas oficiales y generaron desconfianza en la población.

La condena también alcanza a Beatriz Paglieri, exdirectora del IPC del INDEC, quien recibió la misma pena. En tanto, fueron absueltas las funcionarias María Celeste Cámpora Avellaneda y Marcela Filia.

Aunque la pena es de ejecución condicional y Moreno no será detenido, la inhabilitación podría impedirle presentarse como candidato en las elecciones de octubre, especialmente si se aprueba el proyecto de ley de “Ficha Limpia”, que busca impedir que personas condenadas por corrupción accedan a cargos públicos.

“Que se dé la máxima condena, la cadena perpetua” dijo la mamá de Iara Rueda

El Ministerio Público de la Acusación de Jujuy reiteró su pedido de prisión perpetua para Tomás Fernández, condenado por el femicidio de Iara Rueda. A través de un recurso de inconstitucionalidad, le solicitó a la Suprema Corte de Justicia que revise la sentencia que redujo la pena a 15 años por aplicación del régimen penal juvenil.

Mónica Cunchila, mamá de Iara, se mostró complacida con la medida y recordó que “habíamos manifestado que estábamos totalmente en desacuerdo con la pena de 15 años, y que se iba a apelar”, y reiteró que “vamos a llegar hasta lo último”.

“Ojalá que se revoque, que se dé la máxima condena, la cadena perpetua para Tomás, que ha sido el principal responsable, porque si él no lo hubiese engañado y sacaba a mi hija de casa, esto nunca hubiese sucedido”, lamentó.

Dijo que el condenado engañó a Iara y “después él, junto a los otros asesinos, hicieron lo que quisieron con el cuerpo de Iara”, y subrayó que espera una rápida definición de la Corte Suprema de Justicia. “Escuché que el Presidente de la Corte dijo que todos van a tener respuesta lo más antes posible, para que las familias no sufran tanto con tanta espera”.

Mónica detalló que ya pasaron cuatro años y medio del femicidio de Iara, pero no descuidó otro punto central del caso. “También por el caso de los policías. Así que también espero que salga el juicio contra ellos este mismo año”, y pidió una respuesta rápida del máximo tribunal.

El pedido de MPA

A través de un recurso de inconstitucionalidad, el Procurador General, Sergio Enrique Lello Sánchez, solicitó a la Suprema Corte de Justicia que revise la sentencia que redujo la pena a 15 años por aplicación del régimen penal juvenil.

Los asesinos de Iara Rueda

Fuente: Todo Jujuy

Condenaron a 2 años de prisión al hombre que mató a una perrita en Los Alisos

Condenaron a 2 años de prisión de ejecución condicional al hombre que mató a una perrita de un disparo en Los Alisos. La sentencia se conoció este martes luego de un juicio abreviado. El sujeto estaba acusado además de portación ilegítima de arma de fuego.

La condena impuesta es de 24 meses de prisión de ejecución condicional. Este fallo fue dictado por la jueza Laura Flores, de la Justicia Ambiental de Jujuy, tras la audiencia de juicio abreviado celebrada en la jornada de hoy. Los cargos contra el hombre fueron por “Crueldad Animal y Portación Ilegítima de Arma de Fuego en Concurso Real”.

El hecho por el que fue condenado ocurrió en abril pasado en la localidad de Los Alisos, donde el imputado mató a una perrita de un disparo de escopeta. Las imágenes de lo sucedido se viralizaron en redes sociales en su momento.

Como parte de la condena condicional, el hombre deberá cumplir una serie de reglas de conducta establecidas por la jueza. Estas incluyen la prohibición de residir en la misma zona que las víctimas ni acercarse a ellas a una distancia menor de 600 metros, constituir domicilio en otro lugar, no molestar a las víctimas y realizar un curso de sensibilización sobre maltrato animal.

El caso

El hecho ocurrió el domingo 6 de abril a la 11:00 aproximadamente en la localidad de Los Alisos, entre un loteo nuevo que se encuentra en el lugar y una finca denominada “Los Manzanos”.

En el hecho tomó intervención personal policial que se encontraba realizando el recorrido propio a sus tareas cotidianas, y escuchó el sonido de una detonación de arma de fuego. Al acercarse a la ladera colindante entre ese loteo y la finca mencionada, encontraron un grupo de personas entre los que había un joven masculino con una escopeta en la mano, y a unos metros un perro que recibió el disparo. 

perro víctima de crueldad animal

Inmediatamente vecinos del lugar y el mismo personal de seguridad, dieron participación a la subcomisaria de Los Alisos, y a la fiscalía quienes convergieron al lugar de forma inmediata. Posteriormente, aseguraron el perímetro sobre la escena del hecho, y solicitaron las medidas correspondientes.

El can de raza mestiza, color claro y pocos años de edad, fue examinado por parte del veterinario policial, quién pudo determinar que la causa del deceso fue el mismo disparo ejecutado por el joven

Fuente: Somos Jujuy

El MPA pidió prisión perpetua para el femicida de Iara Rueda, quien recibió una sentencia de 15 años por ser menor de edad

El fiscal Diego Funes interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de Jujuy para que revoque la pena de 15 años impuesta al autor del femicidio de Iara Rueda.  

El recurso fue sostenido por el Procurador General, Dr. Sergio Enrique Lello Sánchez, quien remarcó la arbitrariedad de la sentencia que redujo la pena

El tribunal que juzgó al femicida aplicó una reducción de la pena por ser menor de edad pero el Ministerio Público de la Acusación sostiene que fue arbitraria e injusta

El imputado fue condenado por homicidio triplemente agravado por haber tenido una relación de pareja preexistente con la víctima; por alevosía y por violencia de género. 

La ley no obliga a reducir la pena. Se ignoró la brutalidad del hecho, la peligrosidad del autor y los derechos de la víctima”, expresó el Procurador Sergio Lello Sánchez.  

Iara Rueda
Iara Rueda

Justicia con perspectiva de víctima

También se cuestionó que no se haya convocado a una audiencia para escuchar a la familia de Iara Rueda. 

Una sentencia que no escucha a la familia ni contempla el contexto de violencia de género no puede ser justa ni constitucional”, agregó el Procurador General. 

“Reafirmamos el compromiso con una justicia que repare, proteja y haga valer los derechos de las víctimas”, destacaron desde el Ministerio Público de la Acusación. 

Sergio Lello Sánchez - Fiscal General
Sergio Lello Sánchez – Procurador General

El pasado 3 de febrero la Justicia de Jujuy había ratificado la condena de 15 años de prisión para Tomás Fernández, uno de los acusados por el femicidio de Iara Sabrina Rueda, ocurrido en 2020 en Palpalá. En ese momento, Fernández tenía 16 años. 

El fallo fue confirmado por el juez Néstor Hugo Paoloni, quien sostuvo la pena impuesta previamente por el Juzgado de Menores N° 1, a cargo de la jueca Pilar Medina. 

En mayo de 2023, el Tribunal en lo Criminal N° 3 había condenado a prisión perpetua a Arnaldo Cachizumba y Mauricio Abad tras hallarlos culpables del delito de “homicidio doblemente agravado por alevosía y femicidio”. En el caso de Fernández, el tribunal determinó su responsabilidad penal por “homicidio triplemente agravado por alevosía, vínculo y femicidio”, pero al tratarse de un menor de edad, el Juzgado de Menores estableció la pena. 

Tanto la Fiscalía como la querella habían solicitado una pena mayor, impugnando la decisión, pero finalmente el magistrado Paoloni ratificó el fallo dictado por la jueza Medina.

“De ninguna manera avalo una conducta inapropiada de índole de contexto de violencia”

Continuan las repercusiones en torno al caso del cura acusado por abuso. El sacerdote Atilio Luis Bruno se encuentra imputado y con prisión preventiva por varios hechos de índole sexual, los cuales habrían tenido lugar dentro de la casa parroquial que se encuentra ubicada en el barrio Ciudad de Nieva en San Salvador de Jujuy.

Por otra parte, se pudo establecer que el cura Bruno Atilio Luis se desempeñaba como párroco de la iglesia “Nuestra Señora de Nieva”, ubicada en el barrio Ciudad de Nieva de la capital jujeña, hasta el pasado 9 de marzo, cuando fue reemplazado en sus funciones. Hoy está con prisión preventiva y se alojará en una comisaría por al menos 40 días.

El Padre Germán Macagno del Santuario de Río Blanco se expresó al respecto y aclaró una situación que se había generado en torno a declaraciones suyas previas.

El párroco señaló: “Con la intención de ofrecer una correcta interpretación de una expresión vertida por mí en el contexto de una entrevista, quiero expresar que de ninguna manera avalo ninguna conducta inapropiada de índole de contexto de violencia, ni cualquier otra acción que sea digna de reprobación. Poniendo toda nuestra colaboración a la Justicia en lo que requiera la investigación” concluyó

Detuvieron en Jujuy a un cura acusado de abuso sexual

Durante el fin de semana se llevó adelante un importante operativo en San Salvador de Jujuy, donde el párroco Atilio Bruno, conocido como “Padre Luis” fue detenido en el marco de una serie de investigaciones por presunto abuso sexual.

El párroco, está acusado de haber cometido al menos tres abusos sexuales en contra de mujeres, por lo que se emitieron las órdenes de detención para este hombre.

El sujeto habría sido localizado en su domicilio en la zona norte de San Salvador de Jujuy, estando el procedimiento a cargo del personal de la Brigada de Investigaciones de la capital, que procedió a alojarlo mientras se espera por el traslado a la ciudad donde es requerido.

El cura, aclararon desde la iglesia, ya no se encontraba al frente de ninguna comunidad, siendo sí su último paso por la parroquia del barrio Ciudad de Nieva, donde actualmente se encuentra otro párroco cumpliendo con las labores.

Igualmente, todavía la investigación se sostiene bajo un estricto hermetismo, aunque se espera que en las próximas horas la institución religiosa lance algún comunicado sobre su postura en este nuevo hecho que salpica a la iglesia católica.

Eduardo Belliboni irá a juicio por presunta extorsión a beneficiarios del Potenciar Trabajo

El líder del Polo Obrero, Eduardo Belliboni, irá a juicio oral por los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, amenazas y extorsión “sobre miles de personas” que debían percibir fondos correspondientes al plan social Potenciar Trabajo.

El juez federal, Sebastián Casanello, definió los detalles de la resolución por la cual señala a Belliboni y otros dirigentes más como responsables de los delitos de administración infiel en concurso real y amenazas a beneficiarios del Potenciar Trabajo.

Planes sociales: los argumentos de la Fiscalía para enviar a Eduardo Belliboni a juicio oral

Para la fiscalía, Belliboni se “aprovechó de las necesidades de un amplio sector social de carácter vulnerable de nuestro país, lo que les permitió ejercer ilegítimamente poder sobre aquéllos con miras a manejarlos según sus designios y obtener dinero, utilizado en provecho propio y de terceros, privando a las víctimas de un mejor porvenir“.

La causa comenzó a construirse en diciembre de 2023 a partir de una serie de denuncias realizadas en una línea telefónica que habilitó para esos fines el Ministerio de Seguridad, que conduce Patricia Bullrich.

Por un lado, se investigó el desvío de los fondos asignados mediante convenios a talleres y emprendimientos sociales. Esa operatoria incluyó la presentación de facturas truchas -como justificaciones ante el Estado de los gastos- emitidas por presuntas empresas fantasmas ligadas al Polo Obrero, como Rumbos y Coxtex SA..

Además, se investigó la utilización del extinto programa social Potenciar Trabajo como un sistema de premios y castigos que los dirigentes implicados repartían según se asistiera o no a las movilizaciones callejeras impulsadas por la agrupación. En los allanamientos a comedores y cooperativas del movimiento, ordenados al inicio de la investigación, se encontraron listados de control de presentismo y un cuaderno anillado que en su lomo dice “sanciones”.

Durante el gobierno de Alberto Fernández, el Polo Obrero y otras agrupaciones actuaron como intermediarios del Potenciar Trabajo, recibiendo millonarios subsidios que, según la Justicia, fueron malversados. La investigación también apunta a exfuncionarios como Emilio Pérsico del Movimiento Evita, cuya participación aún está bajo análisis por posible lavado de dinero.

Las personas que sufran violencia de género podrán hacer la denuncia en el Hospital Snopek

El Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Jujuy fortaleció su presencia en la comunidad con la apertura de una nueva oficina en el Hospital Snopek de Alto Comedero, un espacio diseñado para facilitar la denuncia de delitos y garantizar una atención inmediata a las víctimas de violencia de género.

La iniciativa viene en conjunto con el Ministerio de Salud provincial, el cual busca reducir las barreras burocráticas y geográficas en el acceso a la justicia. La oficina permite a las víctimas realizar denuncias sin necesidad de trasladarse a comisarías o fiscalías, minimizando el estrés y los trámites. Gracias al sistema de gestión digitalizado del MPA, las causas se inician en tiempo real, lo que acelera decisiones clave como la detención de agresores o la derivación a servicios de asistencia.

Coordinación interinstitucional

El nuevo espacio funciona en red con organismos como el Centro de Asistencia a la Víctima del MPA, el Ministerio de Desarrollo Humano y el Consejo Provincial de la Mujer, asegurando que las víctimas accedan a recursos legales, psicológicos y sociales de manera integral.

Esta oficina se suma a otras herramientas como el call center de Salud (0800 777 7711) y el sistema de turnos por WhatsApp en el Hospital Snopek, que demuestran un enfoque intersectorial para mejorar la calidad de vida de la población.

Fuente: Todo Jujuy

La Corte Suprema de Jujuy dijo que debe informarse sobre los proyectos de exploración de litio

El año pasado se conocía un reclamo de comunidades originarias jujeñas por proyectos inconsultos, por lo que iniciaron acciones legales en fuero penal, tras la aprobación de un proyecto de exploración minero que no contempló los intereses de la mayoría de los pobladores.

El año pasado se conocía un reclamo de comunidades originarias jujeñas por proyectos inconsultos, por lo que iniciaron acciones legales en fuero penal, tras la aprobación de un proyecto de exploración minero que no contempló los intereses de la mayoría de los pobladores.

El 24 de febrero de este 2025, el Banco Mundial reconoció sus derechos y comunicó a los pueblos de la cuenca de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc la suspensión de los estudios que las provincias de Salta y Jujuy buscaban realizar en el territorio de estas comunidades sin su consulta ni consentimiento previo. Dicha entidad, tras recibir una carta de parte de las comunidades, a través de la cual manifestaban sus preocupaciones y alertaban sobre la situación de conflicto y los numerosos reclamos aún pendientes de respuesta, decidió suspender los estudios hasta que se respeten los estándares internacionales de derechos indígenas. En especial, el derecho a una consulta previa, libre e informada.

Mientras siguen esperando el llamado del gobierno tras esta resoluciónlas comunidades recibieron otra noticia a su favor. 

El 7 de marzo, la Suprema Corte de Justicia de Jujuy hizo lugar a una acción de amparo presentada por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y las comunidades indígenas de la Cuenca de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc y reconoció su derecho a acceder a la información ambiental sobre los pedimentos mineros de litio y borato existentes en dicha cuenca

En su fallo, la Corte provincial dejó en claro que el derecho de acceso a la información pública ambiental es un derecho humano, protegido por la Constitución y tratados internacionales. En este sentido, rechazó los argumentos presentados por la Provincia de Jujuy, que pretendía escudarse en una ley local para negar la información. La Corte fue contundente al señalar que, ante cualquier duda, debe prevalecer la interpretación que garantice en mayor medida el derecho a la información; y destacó que la provincia no puede establecer procesos locales que obstaculicen el ejercicio de este derecho, sino que debe garantizar el acceso a la información de manera completa, veraz, adecuada y oportuna, en línea con los presupuestos mínimos establecidos en la legislación nacional y los preceptos del Acuerdo de Escazú, tal como fue reclamado por FARN y las comunidades de la cuenca.

María Laura Castillo Díaz, coordinadora del Programa Altoandinos de FARN explicó la situación y el fallo que recibieron. 

Lo que está ocurriendo en la cuenca de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc es que desde hace 15 años se está buscando explorar litio, algo tan buscado pero el problema es de qué manera se hace. En este caso las empresas, con apoyo de los gobiernos, pasan por encima de las comunidades indígenas porque no se les da participación, no se les da información y no se les consulta siquiera cuando tienen el derecho sobre los territorios por leyes nacionales y convenios internacionales. 

En este contexto de falta de transparencia es que en el año 2022 las comunidades con nuestra organización presentamos primeros pedidos de información y los procesos de participación y consulta, los impactos evaluados pero esta información no se brindó y nos dijeron que debíamos ir a otro organismo cuando era competencia de la Secretaría de Minería, dilatando la entrega de información y finalmente entregaron información incompleta por lo que debimos presentar acciones legales con un recurso de amparo. 

La jueza dijo que tienen derecho las comunidades a conocer esta información, la provincia siguió sin entregarla o dándola de forma incompleta por eso la Corte vuelve a decir que brinden la información completa. Todavía no hemos recibido un contacto del gobierno para brindar esta información, seguimos buscando e insistiendo en que se cumplan los procesos de evaluación ambiental adecuado, que es lo más importante de todo esto”, relató.

Fuente: Jujuy al Momento

Ex funcionario de la Municipalidad de Palpalá fue condenado a 15 años de prisión por abusos

Sebastián Soria fue condenado a 15 años de prisión por haber sido encontrado penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante; Abuso sexual con acceso carnal (varios hechos) y Desobediencia judicial”, ocurridos en la ciudad de Palpalá. Un total de ocho hechos, mientras que de otros 6 el inculpado fue sobreseído por prescripción.

La sentencia fue emitida ayer por el tribunal en función de juicio compuesto por las magistradas Claudia Cecilia Sadir (presidente de trámite), María Alejandra Tolaba y Felicia Barrios (vocales), en el recinto de la sala de audiencias del segundo piso del Palacio de Tribunales, con la secretaría a cargo de Marta Sánchez.

Soria, abogado de profesión, llegó a la audiencia de sentencia acusado de 14 delitos en total. Sin embargo, fue juzgado por 7 hechos de “Abuso sexual gravemente ultrajante; Abuso sexual con acceso carnal”, sucedidos durante el período comprendido entre los años 2016 y 2019, en un domicilio ubicado en la ciudad de Palpalá.

Además fue condenado por un octavo hecho de “desobediencia a la autoridad en concursos real”. Este último hace referencia a que Soria también fue juzgado y sentenciado por presentarse en un vehículo, en tres oportunidades, en el domicilio de Palpalá donde residía otra de sus sobrinas, menor de edad durante el período transcurrido entre el 25 de febrero y el 5 de marzo de 2024, pese a la vigencia de una medida de prohibición de acercamiento a no menos de 300 metros de la misma, que fuera ordenada por la Jueza de Violencia de Género N° 2 Noelia Cruz, en fecha 23 de febrero de 2024 y de la que estaba debidamente notificado.

El condenado de 44 años llegó hasta la sentencia dictaminada ayer, en prisión en el edificio del Cuerpo de Infantería de la Policía de Jujuy.

Las magistradas además, ordenaron, una vez firme la sentencia, la extracción de las muestras biológicas del condenado a efectos de la identificación genética para su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Alegatos

Al momento de solicitar pena el abogado querellante, Pablo Rodrigo Cuellar, y el fiscal de Cámara, Emilio Alejandro Gurrieri, requirieron la pena de 20 años de prisión. La querella alegó que las víctimas fueron ultrajadas en su condición de mujer, solicitó la aplicación de la perspectiva de género, además de hacer foco en la vulnerabilidad de las mismas tanto en su etapa de niñez como en la adultez. Todo acreditado por los profesionales de la salud que las han tratado. Cabe aclarar que los hechos de la niñez prescribieron, por lo cual Soria fue sobreseído de los mismos, de acuerdo a lo determinado por las magistradas.

Además, el condenado aprovechaba la situación de parentesco, tío de las víctimas, y de la convivencia con una de ellas durante un determinado período de tiempo.

Por otro lado, el abogado defensor de Soria, Federico Nicolás Llermanos solicitó el sobreseimiento total y definitivo de los hechos que prescribieron. Mientras que pidió el sobreseimiento liso y llano por el resto de los hechos.

Cabe recordar que Sebastián Soria fue detenido en septiembre del año pasado, luego de una nota publicada en El Tribuno de Jujuy y que el Juzgado de Violencia de Género diera lugar al pedido de la Unidad Fiscal especializada en estos tipos de hechos. El Tribuno, dialogó con el abogado de la querella, Rodrigo Cuellar, quien explicó el sobreseimiento de los sucesos datados en la década de 1990. “Si bien los hechos de abusos comenzaron en 1995, la legislación del Código Penal que teníamos en ese momento no determinaba una suspensión del delito de abuso sexual de la prescripción en plazo.

Entonces una vez transcurrido el plazo legal, el delito prescribía. Pero después del año 2011 entra en vigencia la ‘ley Piazza’ y en 2015, se vuelve a reformar ya estableciendo que los delitos de estas características, iban a prescribir una vez que las víctimas adquieran la mayoría de edad y en 2015 ya con esta ley vigente, se establecía de que la víctima alcanzada la mayoría de edad, una vez que formule la denuncia o ratifique la denuncia hecha por los representantes legales, recién ahí comenzaba el plazo de prescripción. Esto no se le puede aplicar al imputado porque los hechos, por lo menos los primeros transcurrían desde el ‘95 al 2001, donde estaba vigente el viejo Código Penal, entonces por la ley más benigna se le tiene que aplicar”. Sin embargo, “una de las víctimas amplió su denuncia y manifestó que durante los años 2016 y 2019 fue atacada sexualmente por Soria”, dijo el letrado.