Tras la sentencia a los ocho rugbiers por asesinar a Fernando Báez Sosa el 18 de enero del 2020, los jueces detallaron cuánto dinero deberán pagarle los condenados a los 4 abogados de la familia de Fernando Báez Sosa: Fernando Burlando, Fabián Améndola, Facundo Améndola y Germán Facio.
El Tribunal en lo Criminal N° 1 de Dolores, integrado por los jueces María Claudia Castro, Christian Ariel Rabaia y Emiliano Lázzari, incluyó en la sentencia la cantidad de JUS (unidad de medida arancelaria) en favor de los representantes del particular damnificado.
En el quinto punto de la sentencia se estableció que los condenados deberán abonar un total de 80 JUS en forma solidaria a los cuatro abogados. Entre los ocho condenados deberán abonar $548.320, ya que cada JUS vale $6.854.
Además, los ocho acusados también deberán hacerse cargo de pagar aparte $115.147,20 por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del monto indicado y $54.832 como aportes a la caja previsional de abogados, un 10% del valor neto.
Más allá de los honorarios del abogado defensor, Hugo Tomei, todos los culpables deberán juntar la suma de $718.326,20 para poder pagarle.
Es importante remarcar que no está asignado el monto que debe pagar cada uno porque esto es “solidario”, es decir que no importa cuánto aporte cada uno, sino que deben llegar a cubrir el total para ambas partes.
La sentencia indica: “Difiérase la regulación de honorarios profesionales devengados en favor del doctor Hugo José Tomei, por su rol de abogado defensor de los ocho imputados, para la oportunidad que acompañe las constancias de pago de los tributos de ley”.
En la Provincia de Buenos Aires cada abogado debe pagar aportes previsionales (jubilación) cada vez que interviene en un juicio. Esto debe hacerse en la primera presentación. La acreditación es fundamental para que, una vez dictada la sentencia, la Justicia pueda regular dichos honorarios. Como Tomei no presentó dicho aporte, aún no se estableció el monto que percibirá por su defensa.
El abogado de la familia de Fernando Báez Sosa, Fernando Burlando, se mostró desencantado con el veredicto pronunciado hoy en Dolores por el Tribunal Oral en lo Criminal 1 pese a las 8 condenas.
“Profesionalmente estoy conforme, son temas que generalmente no acaparan la atención de la Justicia, las riñas, y obtuvimos 8 condenas. Pero tengo un sabor extraño, estoy insatisfecho, desencantado, por el beneficio que le dieron a estas tres personas que consideraron como partícipes secundarios del crimen”, declaró en la puerta del tribunal minutos después de la lectura de la sentencia..
El letrado se refirió además a la actitud de uno de los acusados condenados a perpetua, Máximo Thomsen. “¿Parece que Thomsen se desmayó? Así le pegaron a Fernando; desmayado”, declaró.
Durante la lectura del veredicto, Thomsen, uno de los acusados, se desmayó en la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Dolores.
Producto de este episodio, el recinto tuvo que ser desalojado para continuar con la lectura del veredicto. Luego, se reanudó la audiencia. Thomsen fue atendido por médicos fuera de la sala, sin volver a ingresar, ya condenado a prisión perpetua.
Minutos después de las 13:23, los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia entendieron en un fallo unánime que Thomsen es uno de los cinco “coautores” del delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”.
Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Benicelli, Luciano Pertossi fueron condenados a prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado por homicidio premeditación y alevosía en concurso real con lesiones leves.
Por su parte, Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi recibieron penas de 15 años como partícipes secundarios del mismo delito.
El Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad de Dolores condenó este mediodía a la pena de prisión perpetua a cinco de los ocho rugbiers acusados de matar a golpes a Fernando Báez Sosa, en la madrugada del 18 de enero de 2020 en la localidad balnearia de Villa Gesell, mientras que a los otros tres los consideró partícipes secundarios.
Los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia entendieron por unanimidad que Máximo Thomsen (23), Ciro Pertossi (22), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23) y Luciano Pertossi (21) fueron coautores del delito de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado por dos o más personas y por alevosía en concurso ideal de lesiones leves”, mientras que Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23) y Lucas Pertossi (23) fueron considerados partícipes secundarios del mismo delito a una pena de 15 años de prisión.
-Máximo Thomsen (23): prisión perpetua, como coautor de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves”.
-Ciro Pertossi (22): prisión perpetua, como coautor de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves”.
-Enzo Comelli (22): prisión perpetua, como coautor de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves”.
-Matías Benicelli (23): prisión perpetua, como coautor de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves”.
-Luciano Pertossi (21): prisión perpetua, como coautor de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves”.
-Ayrton Viollaz (23): 15 años de prisión, como partícipe secundario de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves”.
-Blas Cinalli (21): 15 años de prisión, como partícipe secundario de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves”.
-Lucas Pertossi (23): 15 años de prisión, como partícipe secundario de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves”.
El encargado del fallo será el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de la ciudad de Dolores, integrado por María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia, el cual determinará si hace lugar a la carátula con la que llegaron al juicio, coautores del delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”, o si impone otra.
En caso de ser hallados culpables de este delito, con solo uno de los dos agravantes que posee la causa, la pena será prisión perpetua.
Los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García y el particular damnificado, encabezado por los abogados Fernando Burlando y Fabián y Facundo Améndola, sostuvieron esa carátula en sus alegatos.
En caso de que ese delito no sea contemplado, existen otros que también podrían recaer sobre Máximo Thomsen (23 años), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), Luciano Pertossi (21), Ciro Pertossi (22) y Lucas Pertossi (23), más allá que el abogado defensor, Hugo Tomei, pidió la absolución de todos.
Tomei sostuvo que existió una “incongruencia” entre la imputación original con la que llegó a juicio y la que la fiscalía planteó en su alegato, pidió la nulidad del secuestro de los celulares y prendas de vestir de los imputados al momento de ser detenidos, y dedicó parte de su argumentación a cuestionar distintos procedimientos de la causa y el tratamiento mediático recibido por el hecho.
En relación con otras condenas, podría ser por “homicidio simple con dolo eventual”, es decir que los acusados debieron haberse representado que, al estar golpeando de esa manera a Báez Sosa, podrían ocasionarle la muerte y, pese a eso, continuaron con su accionar.
En este caso, la pena iría de 8 a 25 años, dependiendo una serie de factores a resolver para imponer la cantidad de años correspondiente.
El abogado defensor de los acusados pidió que en caso de ser condenados sus clientes como mucho que sea por un “homicidio preterintencional” que, de acuerdo con el Código Penal se lo considera al que, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud de otra persona, produce su muerte, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte.
En este caso, las penas irían de los 3 a los 6 años de prisión, por lo que si les dan el mínimo se irán a la casa, ya que no es de cumplimiento efectivo y además ya llevan tres años encarcelados con prisión preventiva y eso permitiría que también sean liberados con la máxima pena.
Asimismo, Tomei en su alegato solicitó que también podría entrar la carátula de un “homicidio en riña”, que va de los 2 a los 6 años de prisión, por lo que se irían a su casa también.
En caso de ser condenados, se estima que serían trasladados al Penal de Sierra Chica, aunque eso no está aún confirmado, mientras que el entorno de los acusados buscaría que los lleven al penal de Campana para estar más cerca de sus familiares para cuando sea el día semanal de visita.
Los ocho acusados se encuentran en la Unidad 6 de Dolores desde el 1 de enero pasado por el inicio del juicio, en el que hubo 87 testigos en 13 audiencias, mientras que durante todo este tiempo estuvieron en Melchor Romero.
El miércoles pasado los acusados recibieron la última visita en Dolores antes de conocerse el veredicto.
El fiscal Diego Cussel quien está a cargo de la causa del asesinato y robo a la distribuidora de San Pedrito brindó una conferencia de prensa para brindar detalles de como se encuentra la causa actualmente y la calidad de los detenidos.
Diego Chacón se encuentra alojado en el Servicio Penitenciario de Gorriti, luego de llegar a la provincia el día lunes tras ser extraditado de Doha, Qatar.
DIEGO CHACÓN SERÍA EL AUTOR MATERIAL DEL HECHO
Indicó que el abogado se abstuvo de declarar y en el día de ayer se le hizo conocimiento de causa y se le designo una defensa. Según confirmó Cussel, “Chacón habría sido la persona que habló con los mendocinos y les brindó información sobre la distribuidora, el domicilio, los horarios, el modo en el que se manejaban y les indicó todas las instrucciones que debían seguir para llevar a cabo el delito”.
“Está imputado como ”Coautor de los delitos de homicidio crímenes causa, homicidio crímenes causa en grado de tentativa, robo agravado doblemente calificado por uso de arma de fuego” y explicó que con el correr de la investigación se detallará si existe “variación legal, y se sabrá la calificación legal definitiva para pedir la elevación a juicio una vez determinado todo”.
Indicó que ahora se están encargando de analizar los teléfonos celulares de los imputados “mediante triangulación de llamadas con las antenas en el día del hecho y en esa franja horaria para conocer que teléfonos se activaron puntualmente”.
Cussel mencionó: “dos testigos de identidad reservada dieron a identidad de Chacón, trajeron su foto y dijeron que estaba con los mendocinos”.
LAS PERSONAS DETENIDAS
El fiscal confirmó que hay 6 personas detenidas. “En lo que respecta al echo participaron cuatro hombres y una mujer y luego en base a este hecho, se produjeron amenazas coactivas a un vecino donde se manifestó que le prenderían fuego el auto” y a partir de unas investigaciones se lo detuvo por la relación con esta causa.
imputado por el robo a la distribuidoraotro imputado por delito al robo a la distribuidora
ANTECEDENTES DE DIEGO CHACÓN
Al conocerse el nombre de Diego Chacón como supuesto autor del hecho, se informó que en el año 2019 fue sindicado como integrante de una banda dedicada al robo por la zona de El Carmen y Perico, en donde se abrió una causa pero no avanzó.
“Con respecto a esa causa, mandé un oficio a la Fiscalía de Perico para que me remitan ese expediente y me informaron que por ahora no me lo pueden mandar porque están en instancia recursiva. Ahí habría habido una calificación legal importante en primera instancia y tengo entendido que la calificación legal habría variado, razón por la cual le habrían dado la libertad”, sostuvo Cussel y próximamente “lo van a remitir para acumular esta causa y también pedí por oficio a todas las fiscalías si existen expedientes para acumularlos y trabajar todo de manera conjunta”.
El letrado a cargo estableció que “no tiene conocimiento que sea dirigente de gimnasia y desconozco si es barrabrava y no tiene relación con esta causa”
CÓMO AVANZA LA CAUSA
Antes de finalizar, mencionó que por el momento, “no habría más personas detenidas, pero no lo descarto a partir de que surjan nuevas pruebas”.
Afirmó que hay muchas pruebas contra todos los acusados. “Tuvimos el testimonio de los empleados, la gente que se encontraba en el lugar, la persona que se robó el auto del vecino, la persona declara y hay varias pruebas que conducen al mismo camino de autor material”.
LOS HECHOS
El 19 de noviembre se produjo el trágico hecho en donde un empleado de una distribuidora falleció como consecuencia de un intento de robo, mientras que otro resultó herido en una pierna.
A través de una investigación Penal Preparatoria a cargo de la fiscalía, se realizaron allanamientos y se detuvo a varias personas implicadas en el hecho y luego se conoció a otra persona. “Se produjo allanamientos en su estudio jurídico con el presidente del Colegio de Abogados y en su vivienda y se conoció que estaba en Qatar, viendo el Mundial”, ratificó Cussel
Por lo tanto, se emitió un alerta roja en Interpol para detenerlo. El 8 de diciembre fue detenido en Doha y se inició un contacto, a través de un canal diplomático, con el ministro de Relaciones Exteriores de Argentina, desde Buenos Aires a Doha, para logar la extradición.
El día lunes llegó a Jujuy y en el día de ayer se hizo una audiencia de conocimiento de causa y en el día de hoy a los demás imputados.
“Conviví un año y dos meses con el horror, todo el tiempo”, admitió Mario Aguerrido, abogado de la familia de Lucio Dupuy, visiblemente emocionado tras la lectura del fallo
El letrado consideró que sería “una cargada” que Magalí Espósito Valenti y Abigail Páez, la progenitora de Lucio y su pareja, cumplan la condena juntas.
Asimismo, exigió a los diputados de La Pampa que inicien el pedido de juicio político contra Ana Clara Pérez Ballester, la jueza que otorgó la tenencia a Espósito Valenti.
El Tribunal de Audiencia de La Pampa declaró culpables del atroz crimen de Lucio Dupuy a la madre del nene de 5 años Magdalena Espósito Valenti y a su pareja, Abigail Páez.
Las condenas contra la madre de Lucio y su pareja
Alejandra Ongaro, presidente del Tribunal, declaró a Magdalena Espósito Valenti (25), madre de Lucio “autora material y penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento”.
Su novia, Abigail Páez (28), fue condenada por ser “autora material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal ejecutado con un objeto fálico y por haberse cometido contra un menor aprovechando la situación de convivencia preextistente”.
Los jueces Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora y la jueza Alejandra Ongaro, darán a conocer este jueves el veredicto en el que determinarán si Magdalena Espósito Valenti y su pareja, Abigail Páez son culpables o no del delito de “homicidio calificado y abuso sexual ultrajante” por el cual llegaron acusadas al juicio por el crimen de Lucio Dupuy.
La pena, que en un principio no se iba a dar a conocer el jueves, finalmente también se conocerá el mismo día, mientras que los fundamentos sí se conocerán más adelante. La Fiscalía solicitó la pena de prisión perpetua para ambas acusadas.
Espósito Valenti y Páez pidieron no estar presentes en la audiencia de este jueves, en la que se conocerá el veredicto del juicio en su contra.
Por medio de sus abogados, Pablo de Biasi (Espósito Valenti) y Silvina Blanco Gómez (Páez), las imputadas hicieron una presentación para ausentarse de la sala en la audiencia final, pedido al que los jueces hicieron lugar.
El juicio se desarrolló durante 18 audiencias en las que se juzgó a las acusadas y la Fiscalía integrada por Verónica Ferrero, Máximo Paulucci y Mónica Rivero, dio por acreditado que Magdalena Espósito Valenti, mamá de Lucio, y su novia, Abigail Páez, mataron al niño de 5 años entre las 17.30 y 19.40 del 26 de noviembre de 2021 en la ciudad de Santa Rosa.
La fiscal Ferrero, basándose en la operación de autopsia, habló de un maltrato físico continuo –aludió a lesiones de vieja data– y consideró que también quedaron acreditados los abusos sexuales en reiteradas ocasiones.
Espósito Valenti fue acusada de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización con acceso carnal vía anal con un objeto (agravado por haber sido cometido por la ascendiente) con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años. Todo como delito continuado en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía.
A Páez le imputó abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años. Todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía.
Junto a la acusación de la Fiscalía, el apoderado de la querella particular, José Mario Aguerrido, quien representa al padre de Lucio, Christian Dupuy, adhirió a esas calificaciones legales y agregó el agravante de odio de género para el homicidio a la vez que sostuvo que ése fue el móvil para matar a Lucio.
La acusada Páez, representada por el defensor oficial Blanco Gómez, aseguró que no existió un homicidio agravado sino un homicidio preterintencional, es decir, que no existió intencionalidad y que no buscó el resultado de muerte.
Como defensa, justificó que la acusada intentó hacerle masajes de reanimación para evitar que muera aquel día, que fue en búsqueda de la Policía y lo llevó al Hospital Evita.
La defensa aseveró que “ninguna de las tres agravantes” planteadas por el Ministerio Público Fiscal para el homicidio quedaron probadas, agregando que, en el peor escenario, pudo existir un homicidio simple con dolo eventual, esto es que debió representarse que lo podía matar con los golpes que le dio.
En su alegato, el defensor de Espósito Valenti, De Biasi, pidió la absolución porque dijo que ella no estaba en la vivienda en ese momento y descartó la responsabilidad por supuesta omisión en el homicidio. El letrado, en forma subsidiaria planteó que, si fuera hallada culpable, solo podría imputársele una conducta preterintencional.
A pocos días de que se conozca el veredicto a los 8 rugbiers por el crimen de Fernando Báez Sosa, los imputados recibieron la última visita de sus familiares en el penal de Dolores, donde están alojados desde el comienzo del debate oral.
Los padres de los acusados llegaron a la zona de visitas minutos antes de las 17 para poder despachar la mercadería que llevaron y aprovechar las dos horas completas que tienen para estar con ellos.
Según informó la periodista Paula Bernini desde Dolores a Está Pasando por TN, las familias fueron con bolsas cargadas, ya que hace 15 días que no ven a los imputados.
Si bien estaba pautado que las visitas ocurrieran una vez por semana durante el juicio, el miércoles pasado se extendió la audiencia de los alegatos finales por parte de la fiscalía y el particular damnificado, lo que llevó a que los imputados estuvieran en el Tribunal durante el horario en el que suelen recibir a sus allegados.
La de hoy es la última visita pautada para los acusados en la cárcel de Dolores, ya que la jueza María Claudia Castro, presidenta del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°1 de Dolores, deberá definir el lunes a qué penal serán enviados los ocho acusados en caso de ser condenados y si estarán juntos o separados en sus respectivas celdas.
El lunes 6 de febrero el debate oral que juzga a los rugbiers por el crimen de Fernando Báez Sosa llegará a su fin. En un principio se barajó la posibilidad de que el veredicto se divulgara el 31 de enero, pero la magistrada Castro finalmente fijó la fecha para la primera semana de febrero.
Durante los alegatos, la fiscalía pidió la prisión perpetua para los ocho imputados y acusó a los testigos Juan Pedro Guarino y Tomás Colazo por el delito de falso testimonio. Fernando Burlando, representante de la familia de la víctima, solicitó la misma pena para todos los acusados.
Del mismo modo, el letrado aceptó en su lugar una pena por homicidio preterintencional o, en su defecto, por homicidio simple con dolo eventual.
Tras los alegatos finales, los imputados dijeron sus últimas palabras y pidieron disculpas a la familia de Fernando Báez Sosa. Además, aseguraron que nunca quisieron matar a la víctima.
Sin embargo, Silvino Báez, padre de Fernando, afirmó: “No les veo la sinceridad, me parece que fue muy actuado”. La madre de la víctima, Graciela Sosa, acompañó sus palavras: “Pedir disculpas después de haber matado es indiferente para mí”.
El juicio por el crimen de Lucio Dupuy, cometido el 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa, La Pampa, tendrá su primera definición el 2 de febrero próximo, cuando el Tribunal determine la autoría y responsabilidad penal de la madre del niño, Magdalena Espósito Valenti; y de su pareja, Abigail Páez; ambas acusadas y detenidas por el asesinato.
La jueza Alejandra Ongaro y los jueces Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora encabezarán a las 12 de ese día la audiencia de cesura, en la que resolverán si las acusadas son “culpables” o “no culpables” del delito de “homicidio calificado y abuso sexual ultrajante”.
Todavía no está confirmado si las acusadas estarán presentes en el tribunal pampeano o si aguardarán la decisión en el penal de San Luis donde están detenidas
Lucio Dupuy fue asesinado a golpes el 26 de noviembre de 2021 en la vivienda de la calle Allan Kardec al 2300 de la ciudad de Santa Rosa, donde residía con su madre y la pareja de ella.
De qué se las acusa
Su mamá, Espósito Valente, fue acusada por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por la ascendiente (progenitora), con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años, todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía”.
A Páez, en tanto se le imputa el “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años, todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía”